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Uso de Billeteras Digitales para el Pago de Sueldos y Beneficios Laborales

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Uso de Billeteras Digitales para el Pago de Sueldos y Beneficios Laborales Ley N.º 32413 – Promulgada el 12 de julio de 2025
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El Congreso ha aprobado la Ley N.º 32413, que reconoce oficialmente el uso de billeteras digitales (como: Yape, Plin, Agora Pay y Bim) como medio válido para el pago de sueldos y beneficios laborales, tanto en el sector público como privado. Esta modalidad requiere acuerdo previo y expreso del trabajador.

Puntos clave:

  • Medio de pago válido: Las billeteras digitales pueden usarse para el pago de sueldos, gratificaciones, CTS y otros beneficios laborales, con las mismas garantías legales que los depósitos bancarios.
  • Consentimiento voluntario: El trabajador debe aceptar expresamente este medio de pago. La elección debe ser libre y documentada, ya sea al inicio o durante la relación laboral.
  • Regulación técnica: La SBS definirá los límites operativos y condiciones de uso de dinero electrónico para estos fines. El MEF emitirá el reglamento correspondiente en un plazo máximo de 90 días.
     

Recomendación para las empresas:

Se sugiere evaluar esta alternativa como una vía para facilitar la inclusión financiera, especialmente para trabajadores no bancarizados. 

Será necesario revisar los contratos laborales y establecer procedimientos claros para registrar los acuerdos. 

 

Estamos atentos y daremos seguimiento a la reglamentación próxima del MEF